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Las indemnizaciones por despido pagarán impuestos aunque no superen el tope legal
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SE LIMITA LA APORTACIÓN A PLANES DE PENSIONES

Las indemnizaciones por despido pagarán impuestos aunque no superen el tope legal

Los grandes titulares de la rebaja de impuestos anunciadas el viernes ocultan una enorme cantidad de restricciones y limitaciones a su aplicación.

Foto: El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, durante la rueda de prensa (Efe)
El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, durante la rueda de prensa (Efe)

Los grandes titulares de la rebaja de impuestos anunciadas el viernes por el Gobierno ocultan una enorme cantidad de restricciones y limitaciones a su aplicación que se esconden en la letra pequeña de la reforma, que ha detallado hoy el equipo del Ministerio de Hacienda con Cristóbal Montoro a la cabeza. Las más destacadas se refieren a las indemnizaciones por despido, las aportaciones a planes de pensiones y la exención por dividendos.

A partir de ahora, las indemnizaciones por despido improcedente deberán tributar, precisamente "para evitar los abusos" que se cometían con esta figura: el ahorro fiscal para el trabajador se consideraba parte de su indemnización si se pactaba como improcedentes. Con la reforma, la indemnización tendrá que declararse, si bien se suaviza el impacto con un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado, el equivalente a un sueldo de 20.000 euros al año. No obstante, el Ejecutivo está abierto a negociar este punto con los agentes sociales.

Es la primera vez en la historia en que las indemnizaciones por despido tributarán, y en este caso Montoro sí ha hecho caso al comité de sabios presidido por Manuel Lagares, que proponía esta supresión. Además, esta tributación ya entró en vigor el viernes, según ha explicado el secretario de Estado. En consecuencia, los que sean despedidos a partir de hoy tendrán que pagar a Hacienda -con el mínimo mencionado- por su indemnización aunque sea un despido improcedente.

La indemnización se considerará renta irregular, con la correspondiente reducción del 40%, si se cobra de golpe, al considerarse que se ha generado en más de un año. Sin embargo, si se difiere en varios pagos -una práctica que se hacía hasta ahora precisamente para esquivar a Hacienda- tributará como cualquier otra renta del ejercicio.

Otro golpe para las rentas del trabajo es que disminuirá la reducción por rentas del trabajo, con la única excepción de las rentas inferiores a 14.000 euros, donde se incrementa. No obstante, este impacto queda minorado por la elevación de los mínimos personales y familiares, según los argumentos expuestos hoy desde Hacienda.

Tope a la aportación a planes de pensiones

En cuanto a los productos de ahorro, el Gobierno ha limitado a 8.000 euros anuales las aportaciones máximas a planes de pensiones con derecho a deducción en el IRPF, según el anteproyecto de ley de reforma fiscal.

El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, ha indicado que se trata de una aportación única, que no se verá incrementada por la edad del contribuyente como sucede ahora, y ha añadido que no tendrá impacto en el ahorrador medio, puesto que sus aportaciones son inferiores a esta cifra. Además, la deducción por inversión en planes de pensiones mantiene su régimen fiscal actual.

Por otro lado, la reforma incorpora nuevos instrumentos para potenciar el ahorro a largo y medio plazo. Así, se crean los nuevos planes 'Ahorro 5', que podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro, que garantice la retribución de, al menos, el 85% de la inversión. Los rendimientos generados disfrutarán de exención si la inversión se mantiene en mínimo de cinco años.

Fin a la exención de los dividendos

También se va a eliminar la popular exención de tributación de los primeros 1.500 euros de dividendos, que beneficiaba a los inversores más modestos. El argumento para eliminar esta deducción es que se trata de rentas efectivamente cobradas, por lo que eliminar la exención es una cuestión de equidad, y además esta supresión será compensada por la bajada de la renta del ahorro que contiene la reforma.

Sin salir del capítulo de rentas del ahorro, desaparece la diferencia entre plusvalías a menos de un año (que ahora van al tipo de cada contribuyente) y a más de un año (que van al tipo del ahorro). A partir de 2015, el tipo del ahorro se aplicará a todas las plusvalías, independientemente de su plazo de generación. "España tiene que tener una fiscalidad del ahorro muy competitiva para atraer inversión que genere crecimiento", según Montoro.

Otra nueva restricción afecta a las desgravaciones por alquiler de que disfrutan los propietarios de los inmuebles. Actualmente, se sitúa en el 60% y ahora va a bajar al 50% porque "perseguían incentivar el alquiler y ese objetivo se ha conseguido", según Ferre.

Los grandes titulares de la rebaja de impuestos anunciadas el viernes por el Gobierno ocultan una enorme cantidad de restricciones y limitaciones a su aplicación que se esconden en la letra pequeña de la reforma, que ha detallado hoy el equipo del Ministerio de Hacienda con Cristóbal Montoro a la cabeza. Las más destacadas se refieren a las indemnizaciones por despido, las aportaciones a planes de pensiones y la exención por dividendos.

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