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Nombramientos ‘a dedo’ en el Estado: el chófer que evitaba los malos olores a su jefe
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LA JUSTICIA ACOTA EL NOMBRAMIENTO DE EVENTUALES

Nombramientos ‘a dedo’ en el Estado: el chófer que evitaba los malos olores a su jefe

Ocurrió hace un año. El Tribunal de Castilla-La Mancha estimó un recurso contra la decisión de la Diputación de Ciudad Real de nombrar asesores.

Foto: Imagen de dos coches oficiales (EFE)
Imagen de dos coches oficiales (EFE)

Ocurrió hace un año. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha estimó parcialmente un recurso presentado contra la decisión de la Diputación Provincial de Ciudad Real de nombrar varios asesores ‘a dedo’. Es decir, de carácter eventual. Entre ellos, el conductor del presidente de la Diputación, un puesto de trabajo que normalmente transciende a la persona que ocupe la responsabilidad política.

Ese puesto de trabajo, sin embargo, tenía una característica. Los abogados del jefe de la diputación argumentaron que el susodicho no sólo conducía el vehículo oficial, sino que, además, hacía labores de “conductor-asistente particular”. Y entre sus funciones se incluía “la música que el presidente desea, el olor que quiere, los elementos de comodidad que solicita, el nivel adecuado de climatización o la velocidad de transporte que le gusta”. Como se ve, algo más que un chófer.

Ni que decir tiene que el alto tribunal de Castilla-La Mancha echó para atrás tan arbitrario nombramiento. Y lo hizo con un argumento contundente: por mucho que esa atención tan esmerada y exquisita “no se pueda descuidar en la conducción” es evidente que “no se le puede dar tanta importancia como para calificar y definir al puesto por la atención a esas prestaciones o servicios que, en todo caso, deberían ser considerados como accesorios y secundarios frente a las exigencias de una conducción eficaz, segura y experta que deberían ser las definitivas a la hora de conceptuar este puesto de trabajo”.

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El caso puede parecer anecdótico. Pero va al fondo del asunto. Las Administraciones Públicas, en particular las entidades locales, abusan de la contratación eventual. Hasta el extremo de que son habituales las denuncias y quejas contra la política de nombramientos de dicho tipo, que la ley restringe a cargos “de confianza o asesoramiento esencial”, pero en ningún caso para laborales que pueden desempeñar otros empleados públicos. En la citada sentencia, de hecho, se recuerda que a la Sala que juzga el caso “le resulta increíble” que haya que contratar a un chófer particular y que no pueda servir a estos efectos uno de los más de 25 que aparecen en la Relación de Puestos de Trabajo de la Diputación (RPT) “dentro del amplio parque móvil con que cuenta la Corporación”.

La punta del iceberg

El caso del chófer de la Ciudad Real ha sido desvelado por Severiano Fernández Ramos, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Cádiz, pero es sólo la punta del iceberg de un problema que va a más, y que no es otro que el incumplimiento de la letra y el espíritu del Estatuto del Empleado Público, que define al personal eventual como el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, “sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial”, algo que difícilmente se puede asimilar a un chófer del presidente de una diputación provincial.

No es, desde luego, el único caso. El catedrático Fernández Ramos recuerda en su artículo (publicado en la Revista General de Derecho Administrativo) que según el Informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía, el Ayuntamiento de Almería disponía en 2011 de un total de 34 puestos para personal eventual, con retribuciones que oscilaron entre 4.906 euros al mes del asesor de comunicación de la Alcaldía, a 1.838 euros al mes del asesor del Área de Cultura, Educación y Fiestas Mayores, mientras que el Ayuntamiento de Jaén incluyó un total de 27 puestos, con unas retribuciones que oscilaron entre los 61.339 euros del director de Relaciones Institucionales y los 26.301 de un administrativo. Con razón, en las recientes negociaciones sobre la reforma local, muchos alcaldes, como publicó El Confidencial, se negaron a reducir el número de contratados eventuales.

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¿Y cuántos tiene la Administración central? Los datos más recientes se refieren a julio de este año, y muestran la existencia de 590 trabajadores eventuales. De ellos, cerca de la mitad (293) están empleados en la Presidencia del Gobierno (36 en Patrimonio Nacional). La cifra supone el 13,5% del número total de empleados públicos que no son ni funcionarios de carrera ni personal laboral. Pero en todo caso, supone un descenso significativo respecto de los 641 que había dos años antes, en julio de 2011. Lo curioso es que esa cifra era incluso superior a la que existía en julio de 2009 (632), lo que refleja que en el anterior Gobierno, y en medio de una formidable crisis económica, continuó aumentando el número de trabajadores nombrados ‘a dedo’, que cesan cuando lo hace su jefe.

El Ministerio de Hacienda es el segundo departamento con más empleados eventuales: 139. Algo que puede explicar, en parte, la reciente crisis en la unidad de grandes contribuyentes de la Agencia Tributaria, donde a decir del sindicato de inspectores existen demasiados nombramientos ‘a dedo’ para cubrir plazas que debían ser meramentetécnicas.

Se incumple, de esta manera, el mandato constitucional, que habla de garantizar el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de “igualdad, mérito y capacidad”, garantizando, al mismo tiempo, la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones. Ello se antoja difícil cuando el puesto de trabajo depende de quién lo nombra.

No es un asunto nuevo. La comisión de expertos que elaboró un informe ante la reforma del Estatuto del empleado público ya advirtió de su preocupación por el abuso en la utilización de esta figura, más allá de su carácter excepcional.

Ocurrió hace un año. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha estimó parcialmente un recurso presentado contra la decisión de la Diputación Provincial de Ciudad Real de nombrar varios asesores ‘a dedo’. Es decir, de carácter eventual. Entre ellos, el conductor del presidente de la Diputación, un puesto de trabajo que normalmente transciende a la persona que ocupe la responsabilidad política.

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