13/07/2012
(06:00)
Actualizado: 13/07/2012 (15:58h)
La subida del IVA -del 8% al 10% y del 18% al 21% para el tipo general- apenas tendrá efectos distorsionadores sobre la recaudación. O lo que es lo mismo, no se producirá el ‘efecto anticipación’ que se registró hace dos años, cuando el anterior Gobierno incrementó los tipos impositivos del Impuesto sobre el Valor Añadido, tanto del tramo reducido como del ordinario.
¿La causa? El Gobierno ha preferido dar menos de dos meses para la aplicación efectiva de la norma que entrará en vigor el próximo 1 de septiembre. Hacienda, de esta manera, salva de la subida al sector turístico durante la temporada de verano y evita el ‘efecto anticipación’ que se produjo en la anterior subida, cuando el Gobierno de Zapatero dio seis meses a las empresas y los consumidores (la ley entró en vigor el 1 de enero y hasta el 1 de julio no se aplicó) para adelantar sus compras.
Esta decisión produjo una doble consecuencia. Por un lado, tuvo un impacto macroeconómico relevante -el PIB creció más de lo previsible por la anticipación de las compras-, aunque cayó más de lo esperado en el trimestre posterior. Por otro lado, minoró la recaudación tributaria de forma muy importante (seis meses pagando IVA a tipos inferiores). Buena parte de las operaciones tributaron a los tipos antiguos, lo que descafeinó el impacto recaudatorio del incremento de tipos.
Ahora, Hacienda pretende atajar de raíz el problema. Máxime cuando las grandes empresas -las que facturan anualmente más de seis millones de euros- presentan su declaración de IVA mensualmente, mientras que las pymes y los autónomos lo hacen de forma trimestral. En este caso, lo único que se producirá es una mínima complejidad a la hora de rellenar el correspondiente modelo de declaración, toda vez que los meses de julio y agosto tributarán de una manera y septiembre de otra.
Desde el punto de vista práctico no hay problema, ya que los actuales modelos de declaración incorporan diferentes casillas, ya que una misma empresa puede pagar varios tipos de IVA en función de la mercancía.
Otra cosa muy distinta, según un experto fiscalista, es que algunas empresas opten por declarar como fecha de devengo (cuando se adquiere el derecho de cobro o la obligación de pago) en una fecha anterior al 1 de septiembre, aunque la transacción se realice más tarde. En todo caso, dicen las fuentes consultadas, su impacto económico sería mínimo, ya que el ‘efecto anuncio’ apenas será inferior a tres semanas.
El IVA de los alquileres
En el caso de los arrendamientos, una vía de escape pudiera ser adelantar las facturas (por ejemplo acumular las que quedan por pagar antes de que finalice el año) para abonar menos IVA; pero este camino está cerrado. Hacienda considera estas operaciones como de tracto sucesivo. Esto significa que la factura hay que pagarla cuando se justifica el precio, y no antes, por lo que se trataría de una ilegalidad.
El Gobierno ha previsto recaudar este año unos 7.500 millones adicionales con la subida del IVA, con lo que podrá salvar el ejercicio. Los últimos datos de la Agencia Tributaria muestran que el IVA importación cae hasta mayo un -5,5%; el IVA bruto de grandes empresas intensifica su descenso más de un punto (-6%), mientras que el IVA de pymes mantiene su ritmo de caída (-9,2%) por los mayores aplazamientos solicitados.
LA OPINIÓN DE LOS LECTORES
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COMENTARIOS
35Warren Buffet 14/07/2012 | 18:38
La subida del IVA es socialmente lo más injusto que se va a practicar, no es lo mismo un 3% para el que gane al año 15,000,- Euros como para aquel que gane 100.000,- Euros!.
33Ternli 13/07/2012 | 12:53
#29 Buenos días,
vivo en la Costa del Sol y me dedico al lujo. Alucine: entre 2003 y 2007 el ratio de ventas estaba entorno a un 50/55% extranjeros y resto españoles. El año pasado fue 75% extranjeros y 25% nacionales. Pues bien, en lo que va de año, el ratio de las escasas ventas arroja un increíble porcentaje del 90% extranjeros[rusos, escandinavos y marroquíes mayoritarimente] y un paupérrimo 10%, si no es que baje más todavía a final de año, de clientes españoles.
Para llorar desconsoladamente
29ECCE HOMO 13/07/2012 | 12:22
#20 Presupone usted que la mayor parte de la actividad hotelera se circunscribe al ámbito de los hoteles de lujo. Lo cual es una falacia.
Siendo el sector servicios el más importante en términos económicos [vgr. Andalucía], parece razonable pensar que no se penalice tanto su tributación indirecta...... para traer recursos del exterior [ alemanes, ingleses y demás.....]
¿ O usted quién cree que está tirando del "carro turistíco", ahora ?
¿ Los nacionales ?
No sé, ¿ Y a la medicina privada, por ejemplo, por qué no se la penaliza ?
28Trosky 13/07/2012 | 12:22
¿Se imaginan Uds a todos los trabajadores por cuenta ajena, funcionarios, políticos, chupópteros, etc cobrando su salario mensual a 120 días y con un pagaré y que además tengan que entregar su IRPF cada mes... se lo imaginan? Pues eso es a lo que se dedican la inmensa mayoría de los autónomos de este triste y miserable país. ¡Ah y no queda ahí la cosa así de fácil, porque cuando el "odiado" autónomo presenta el pagaré al cobro, después de 120 días, le dicen aquello de ¡Lo siento gilipollas pero el pagaré no tiene fondos!. ¡Levántate al día siguiente e intenta volver a empezar!
27paisano 13/07/2012 | 12:05
Sinrazon #26
Efectivamente lo del IVA va a suponer un problema serio sobre todo para ayuntamientos que estando ya mal ahora les van a subir gastos importantes como la electricidad, alquileres, etc.
Es decir, un ayuntamiento sin incurrir en un solo gasto más aumentará su deficit al subirle el IVA, como tienen que reducirlo pues ya saben, a echar a funcionarios, bajar servicios o no pagar la luz como es habitual.
Además se hacen trampas al solitario, la subida de IVA se la queda solito el estado central pero va a suponer un aumento de gasto para las autonomías que además verán rebajado sus ingresos por la previsible caida del consumo provocada por las nuevas medidas.
Con lo que tendrán más deficit y tendrán que recortar más y .......
26sinrazon 13/07/2012 | 11:45
Sobre el IVA i el obejtivo de deficit público:
No se si han tenido en cuenta nuestro dirigentes y técnicos que les asesoran el siguente extremo:
Las administraciones públicas actuan como consumidores finales en cuanto al IVA soportado [excepto para unos pocos supuestos, como lo refente al agua y a cuando actua como agente urbanizador]. Eso quiere decir que no se lo puenden deducir.
Por mi experiencia el 50% de los gastos que soporta tienen una factura con su correspondiente IVA y en consecuencia eso supone más costes que se reflejará en un incremento del déficit [en torno al 0,75% para lo que queda de año y 1,5% el año que viene].
¿No va eso en contra de la reducción del déficit?
Sobre la paga extra a los funcionarios:
Si lo que han explicado es vardad [diferimiento, no anualción], no tendrá ningún efecto sobre el deficit, ya que los gastos se deben contabilizar en el ejercio en el que se generan, independientemente de si se pagan o no.
Conozco el sistema y los estados contables se calculan sobre las "obligaciones reconocidas"
¿que opinaís?