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Fernández Toxo, Valeriano Gómez y Cándido Méndez en la rueda de prensa (EFE).
Agencias 27/07/2011 (06:00h)
Los empleados del hogar cotizarán entre 19,84 euros y 164,6 euros al mes por su trabajo, fruto de la reforma que supondrá la inclusión de este colectivo en el Régimen General de la Seguridad Social.
El ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, explicó que los empleados del hogar cotizarán en función de las horas trabajadas. Entre estas dos cuantías, hay un total de 15 escalones de cotización. Además, la reforma establece que el contrato del empleado del hogar deberá de realizarse por escrito y no podrá ser, como hasta ahora, de carácter temporal anual sin justificación.
El pago mínimo en efectivo será el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), mientras que la proporción del sueldo cuyo pago puede realizarse en especie cuando el empleado resida en el hogar familiar se reducirá del 45% al 30%. Además, los empleados del hogar percibirán dos pagas extraordinarias al año cuyo importe no podrá ser inferior al SMI mensual.
Asímismo, aumenta de 7 a 12 días de salario la indemnización en caso de despido. Los empleados del hogar también tendrán derecho a una prestación en caso de incapacidad temporal que, entre los primeros tres a ocho días cubrirá el empleador, y que a partir del noveno día pagará la Seguridad Social.
Sin paro para evitar fraudesEstas personas no tendrán, por ahora, derecho a una prestación por desempleo. Sin embargo, "por primera vez" se recoge que en el futuro podría implantarse un sistema específico de protección por desempleo para este colectivo. Para ello, un grupo de expertos analizará la situación del colectivo durante 2012 y hará propuestas para tomar medidas en 2013.
Según Gómez, uno de las principales dificultades para implantar este sistema de protección es la labor de la inspección de trabajo para evitar fraudes. En cualquier caso, las personas que trabajen en tareas domésticas a través de una empresa tendrán los mismos derechos que cual quier otro empleado por cuenta ajena.
La reforma amplía el periodo de descanso entre dos jornadas consecutivas a 12 horas, en vez de las 10 horas que se aplican en la actualidad. En los casos en los que la actividad incluya el régimen de pernocta en el domicilio se permite un mínimo de 10 horas de descanso, pero siempre y cuando el tiempo libre no disfrutado se recupere durante las cuatro semanas siguientes.
El secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, reclamó al Gobierno que establezca una deducción fiscal a la contratación de empleados del hogar para rentas bajas. Por su parte, el secretario general de UGT, Cándido Méndez, destacó que el objetivo es regularizar la situación de más de 400.000 empleados del hogar que no están dados de alta en la Seguridad Social y "reconocer el empleo doméstico como un empleo, no como una servidumbre".
OPINIONES DE LOS LECTORES,
33 COMENTARIOS
33 .- #32 y empleando mujeres del país que antes eran paradas de difícil inserción laboral se han ahorrado el importar decenas de miles de inmigrantes extranjeras acompañadas luego de los correspondientes centenares de miles de hijos, maridos, padres, hermanos y parientes que han permitido aquí las permisivas leyes de reagrupamiento familiar, más bien reagrupamiento de clan, de harka o de tribu.
32 .- #31 OK, esto va de familias y de que las mujeres puedan trabajar fuera del hogar a la par que los críos y los mayores e impedidos sean debidamente atendidos y no de que los sres se planchen la ropa o no, que por cierto es para lo único que yo contrataba una señora dos horas semanales en mis felices y añorados tiempos de "soltero".
Por cierto ya que están ahora de moda los países nórdicos, por un triste motivo, estaría bien que alguien nos explicase la pragmática a la par que socialmente justa solución que han aplicado en algunos de estos países para resolver el problema del cuidado de los niños en horario laboral y de atención a mayores y disminuidos, lo que aquí en España han intentado malamente con la ley de dependencia
Consiste en que el estado y ayuntamientos han organizado servicios públicos de atención, empleando principalmente a las mujeres que han ejercido de amas de casa cuando sus hijos son pequeños y que querían reinsertarse en un mercado laboral ahora de difícil inserción para ellas después de años fuera del mismo.
Así han matado dos pájaros de un tiro, ofreciendo este servicio incluso a gente que no podía pagarlo y empleando a mujeres de dificil insertabilidad.
31 .- #23 . Paguen, con u, si no le importa.
sirven porque no sirven, porque si sirvieran, no servirían. Déjese de rencores sociales y dígame como piensa ocuparse de sus padres cuando sean viejos o de sus hijos cuando los tenga.
Que esto no va de empresas, sino de familias, y no va de que el señor planche, sino de que la mujer pueda trabajar, cotizar y tributar. No sé si se ha enterado, pero mucho me temo que de donde no hay...
30 .- Pues yo lo tengo claro, si a duras penas puedo pagar el que venga una persona un par de horas a la semana para ayudarme [porque después de la jornada laboral sigo trabajando como ama de casa], para eso me cojo la reducción de jornada por cuidado de menores y lo comido por servido. Prefiero pasar la bayeta que aguantar las tiranías de mi empresa, que en este caso será la perjudicada al no tenerme full time.
29 .- #27 supongo que no, porque al estar casados seguro que los de la SS considerarían nulo el contrato al entender, correctamente, que se trataba de un fraude de ley.
Lo que no quiere decir que tratándose de esta chusma que nos malgobierna, los fraudes de ley que hagamos los sufridos ciudadanos normales para intentar salir adelante no solo sean lícitos, sino incluso necesarios en ocasiones, ya que el estado no nos da contraprestaciones habituales en países de nuestro entorno y encima nos sangra como el que más.
Sería uuna justa venganza por la escasez de ofertas laborales para las mujeres de cierta edad y por la inexistencia de pensiones para las amas de casa.
No obstante, como digo en un post anterior, si la pareja es de hecho y no hay ninguna constancia legal de ello -ni registro, ni cuentas banarias conjuntas, ni siquiera censo en el mismo domicilio- sería difícil de demostrar por la inspección de la SS.
Pero como hecha la ley hecha la trampa, se me ha ocurrido así a bote pronto que te podria contratar un amigo o una familia amiga, pagandolo vosotros o bien contratando tu marido a la esposa del amigo y repitiendo la jugada así aseguraroslas pensiones para las dos mujeres.