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TRAS LA DENUNCIA DE UN SOCIO DEL BARÇA

La Audiencia de Barcelona exige a Laporta avales por casi 25 millones de euros

@Antonio Fernández (Barcelona).- 18/02/2010 (12:39h)

La Audiencia de Barcelona exige a Laporta avales por casi 25 millones de euros

Laporta, en el pasado, con un gesto de victoria (Efe).

La junta del FC Barcelona está de caras largas. La Audiencia de Barcelona acaba de emitir una sentencia -lleva fecha del pasado lunes día 15- en la que obliga a ocho miembros de la junta directiva del club a avalar los presupuestos de la temporada actual. La cantidad definitiva está por fijar pero, según el texto, habrán de depositar avales que alcanzan el 15% del presupuesto de la entidad, a lo que habrá que restarle algo más de 24 millones de euros de beneficio acumulado hasta el 2008 y el beneficio de la temporada 2008-2009.

 

En el momento de la investigación judicial, no se conocían los presupuestos del 2009/2010 ni los beneficios del año pasado. Ahora, esas cantidades ya son oficiales. El presupuesto de esta temporada sube a más de 400 millones de euros y, por tanto, el aval a depositar ha de ser de 60 millones. Los beneficios de la última temporada fueron de 11 millones que, sumados a los 24 millones acumulados, dan una cifra de alrededor de 35 millones de euros que se han de restar del aval. Por tanto, el total a avalar será, pues, de casi 25 millones de euros.

 

Esta sentencia afecta a los ocho miembros que, elegidos en el año 2006, continúan siendo miembros de la junta: Joan Laporta, Alfons Godall, Alfonso Castro, Joan Boix, Josep Cubells, Rafael Yuste, Albert Perrín y Jaume Ferrer. Todos ellos tienen cinco días para hacer efectivo el aval o para presentar recurso ante el Tribunal Supremo.

 

La sentencia es consecuencia de una denuncia presentada por Vicenç Pla, socio del club, que acusó a la junta directiva elegida en el verano del 2006 de no haber avalado las cuentas del año 2003, cuando se registraron unas pérdidas de 164 millones de euros. Un juzgado de primera instancia había exonerado a la cúpula del Barça de presentar avales y de cesar en sus cargos. Ahora, la Audiencia dice que no han de cesar, pero sí presentar avales.

 

El origen del conflicto es el siguiente: Joan Laporta y su equipo directivo tomaron el control de la entidad una semana antes de finalizar el ejercicio económico del 2003. En concreto, asumió el timón el 22 de junio y el cierre del ejercicio es el 30 de junio. Por tanto, tiene responsabilidad sobre una parte de los resultados negativos de la temporada 2002-2003. En esos ocho días, Laporta tomó decisiones sobre la remodelación de la plantilla de fútbol, prescindiendo de algunos jugadores, “lo que la junta sabía que comportaría un gasto, una pérdida económica para el club”.

 

La sentencia añade: “No dice el demandante, ni obviamente va a decir este tribunal, que las decisiones adoptadas fueran incorrectas, ni que estuviera mal establecer las provisiones que se establecieron, ni que las cuentas formuladas fueran incorrectas. En absoluto (...) Lo que sí hizo mal, a juicio de este tribunal, fue no tener en cuenta, a efectos de avales, una parte de la pérdida en contabilidad del ejercicio 2002-2003, cuando esa parte de la pérdida se asentó en la contabilidad por consecuencia de decisiones tomadas por la junta directiva presidida por el señor Laporta”.

 

Es contundente al señalar que, “de los 164 millones de euros de pérdida que arrojó el ejercicio 2002-2003, sólo pueden considerarse imputables a dicha junta, a los efectos que aquí interesan, 63.831.102 euros”.  Y en otro párrafo reitera que la provisión por este dinero “que incrementó notablemente las pérdidas del ejercicio fue, por tanto, fruto de decisiones de la junta directiva presidida por el señor Laporta”.

 

El Barça se defiende

 

El Barça, por su parte, sostiene que las pérdidas de 164 millones eran imputables a períodos anteriores y, además, afirma que la Liga de Fútbol Profesional, que tiene potestad para exigir el depósito de avales, ni siquiera los pidió, ya que a partir del año 2003 el Barça entró en beneficios. En este sentido, la ley es clara: si hay pérdidas, la junta ha de depositar aval. Si los números son positivos, el aval disminuye y será la diferencia entre el 15% del presupuesto de gastos y el importe del los resultados positivos acumulados. Si los resultados son negativos, la cantidad a depositar será del total de pérdidas más el 15% del aval de gastos presupuestados para la temporada siguiente.

 

Fuentes del FC Barcelona consultadas por este diario señalan que la sentencia será recurrida ante el Supremo y niegan tajantemente que en el año 2003 el actual presidente del Barça generase las pérdidas que dice el fallo de la Audiencia. “Nos encontramos con un plantel de jugadores, comprados a plazos en la era Gaspart, por los que se había pagado para ganar la Liga y que sólo servían para clasificarse para la UEFA. Lo que hicimos fue decir que el valor que tenían no era el correcto, ya que se había pagado por ellos mucho más de lo que valían, por lo que provisionamos 63,8 millones de euros, correspondientes a esa minusvalía. Pero lo que el tribunal no tiene en cuenta es que la directiva que entró también compró jugadores, porque fichamos a Rochembach y a Giovanni. Y los pagamos nosotros”.

 

Enjuagar pérdidas con beneficios

 

Pero la sentencia no tiene en cuenta estas excusas: “Si en un mandato se producen pérdidas, han de ser compensadas con los beneficios que se obtengan en el mismo mandato o cubiertas por los directivos. Lo que no puede admitirse es que éstos no cubran las pérdidas y que, además, los beneficios obtenidos se apliquen a exonerar a los mismos directivos de prestar aval para el siguiente mandato. Repetimos que esto sería contrario a los principios legales y a la necesidad de responder y garantizar la responsabilidad”, dice.

 

Y va más allá, al afirmar que ni Laporta ni sus directivos pagaron esas deudas y no pueden pretender enjugarlas con los más de 71 millones de euros de beneficio acumulados que presentaron al final de su mandato, el 30 de junio del 2006. “No puede admitirse que esos beneficios sirvan para exonerar a los directivos demandados de la obligación de prestar aval en el siguiente mandato”, dice el texto.

 

La  Audiencia no obliga a hacer una provisión de fondos de años anteriores y de ejercicios cerrados, pero sí -en base a la situación del año 2003- condena a las personas físicas que siguen siendo miembros de la junta (ocho directivos abandonaron la cúpula del Barça en julio del 2008 y, por tanto, no están afectados por la sentencia) a depositar los avales correspondientes a la temporada actual.

 

OPINIONES DE LOS LECTORES, 1 COMENTARIOS

1 .- A alguno le va a salir caro su afán de medrar en la política a costa del gran Barsa.

flamenquín


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