Es noticia
El pleno del Congreso votará hoy la nueva ley antidopaje
  1. Deportes
LA LEY ENDURECERÁ LAS SANCIONES Y CASTIGARÁ EL INTENTO DE SUMINISTROS DE SUSTANCIAS

El pleno del Congreso votará hoy la nueva ley antidopaje

El pleno del Congreso votará este jueves la nueva ley antidopaje, que cumplirá así otro requisito para continuar su tramitación parlamentaria en el Senado y estar

Foto: El pleno del Congreso votará hoy la nueva ley antidopaje
El pleno del Congreso votará hoy la nueva ley antidopaje

El pleno del Congreso votará este jueves la nueva ley antidopaje, que cumplirá así otro requisito para continuar su tramitación parlamentaria en el Senado y estar aprobada definitivamente antes de que acabe el curso político y de que Madrid 2020 se someta en septiembre al examen final del COI.

El ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, defenderá en la cámara Baja la "Ley Orgánica de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva', que sustituirá a la ley de 2006 "para adaptar la normativa española al Código Mundial Antidopaje".

El debate en Cortes de la nueva ley coincidirá con la visita de una delegación de la Comisión del Senado francés que investiga la eficacia de la lucha contra el dopaje y que durante dos días se entrevistará en Madrid con los responsables del deporte español.

La ley, que entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), llega al pleno con el respaldo mayoritario de los grupos y sin enmiendas a la totalidad.

Sólo el grupo Mixto y el Vasco, que cuestionaron el ámbito de aplicación de la misma y la posible invasión de las competencias de las comunidades autónomas, no votaron a favor del informe debatido el 24 de abril en la comisión de Educación y Deporte.

La Ley asegura en su exposición de motivos que su adaptación al Código Mundial "se realiza con pleno respeto a los derechos fundamentales" y a las competencias de las comunidades autónomas y concreta que no se podrán hacer controles entre las 11 de la noche y las 6 de la mañana, salvo "en casos debidamente justificados".

Como principales novedades, el texto prevé la creación de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, que sustituirá a la Agencia Estatal Antidopaje, y tendrá la competencia para la planificación y realización de controles, así como la instrucción y resolución de los procedimientos.

La Agencia, responsable también de la protección de la salud de los deportistas, puede asumir las competencias sancionadoras de las Comunidades Autónomas en los casos en que estas lo decidan. Se prevé que dentro de ella exista un órgano de coordinación con éstas.

La ley establece un sistema de colaboración entre las autoridades judiciales para instruir procedimientos penales ante la posible comisión de delito (artículo 361 bis del Código Penal) y las autoridades administrativas en materia de dopaje.

Se podrán pedir al juez "los elementos de prueba necesarios para la tramitación de los procedimientos sancionadores" y el juez, que tendrá que motivar su decisión, podrá pedir un dictamen sobre posible peligro para la vida o salud de los deportistas implicados.

El texto distingue entre los deportistas con licencia estatal y los catalogados como internacionales por las federaciones internacionales. La instrucción y resolución de procedimientos del primer grupo recaerá en la Agencia Española y sus recursos podrán seguir en vía contencioso administrativa pero no llegar al TAS.

Los considerados internacionales podrán ser sometidos a control por la Agencia Española, pero en caso de positivos el procedimiento lo tramitará la federación correspondiente, por dictado de la internacional, y ante resolución desfavorable podrán acudir al TAS.

Se creará el Tribunal Administrativo del Deporte, en sustitución del Comité Español de Disciplina Deportiva y la junta de Garantías Electorales. Adscrito orgánicamente al CSD, estará compuesto por siete miembros independientes, designados por la comisión directiva de éste, cuyos mandatos durarán 6 años improrrogables.

La ley endurece las sanciones y castigará también el intento de suministro de sustancias dopantes, aunque no se consiga, además de su administración. Las multas pueden llegar a 100.000 euros y a 400.000 en caso de implicar a menores de edad y los clubes deportivos pueden perder puntos e incluso perder la categoría. 

El pleno del Congreso votará este jueves la nueva ley antidopaje, que cumplirá así otro requisito para continuar su tramitación parlamentaria en el Senado y estar aprobada definitivamente antes de que acabe el curso político y de que Madrid 2020 se someta en septiembre al examen final del COI.

El ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, defenderá en la cámara Baja la "Ley Orgánica de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva', que sustituirá a la ley de 2006 "para adaptar la normativa española al Código Mundial Antidopaje".

El debate en Cortes de la nueva ley coincidirá con la visita de una delegación de la Comisión del Senado francés que investiga la eficacia de la lucha contra el dopaje y que durante dos días se entrevistará en Madrid con los responsables del deporte español.

La ley, que entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), llega al pleno con el respaldo mayoritario de los grupos y sin enmiendas a la totalidad.

Sólo el grupo Mixto y el Vasco, que cuestionaron el ámbito de aplicación de la misma y la posible invasión de las competencias de las comunidades autónomas, no votaron a favor del informe debatido el 24 de abril en la comisión de Educación y Deporte.

La Ley asegura en su exposición de motivos que su adaptación al Código Mundial "se realiza con pleno respeto a los derechos fundamentales" y a las competencias de las comunidades autónomas y concreta que no se podrán hacer controles entre las 11 de la noche y las 6 de la mañana, salvo "en casos debidamente justificados".

Como principales novedades, el texto prevé la creación de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, que sustituirá a la Agencia Estatal Antidopaje, y tendrá la competencia para la planificación y realización de controles, así como la instrucción y resolución de los procedimientos.

La Agencia, responsable también de la protección de la salud de los deportistas, puede asumir las competencias sancionadoras de las Comunidades Autónomas en los casos en que estas lo decidan. Se prevé que dentro de ella exista un órgano de coordinación con éstas.

La ley establece un sistema de colaboración entre las autoridades judiciales para instruir procedimientos penales ante la posible comisión de delito (artículo 361 bis del Código Penal) y las autoridades administrativas en materia de dopaje.

Se podrán pedir al juez "los elementos de prueba necesarios para la tramitación de los procedimientos sancionadores" y el juez, que tendrá que motivar su decisión, podrá pedir un dictamen sobre posible peligro para la vida o salud de los deportistas implicados.

El texto distingue entre los deportistas con licencia estatal y los catalogados como internacionales por las federaciones internacionales. La instrucción y resolución de procedimientos del primer grupo recaerá en la Agencia Española y sus recursos podrán seguir en vía contencioso administrativa pero no llegar al TAS.

Los considerados internacionales podrán ser sometidos a control por la Agencia Española, pero en caso de positivos el procedimiento lo tramitará la federación correspondiente, por dictado de la internacional, y ante resolución desfavorable podrán acudir al TAS.

Se creará el Tribunal Administrativo del Deporte, en sustitución del Comité Español de Disciplina Deportiva y la junta de Garantías Electorales. Adscrito orgánicamente al CSD, estará compuesto por siete miembros independientes, designados por la comisión directiva de éste, cuyos mandatos durarán 6 años improrrogables.

La ley endurece las sanciones y castigará también el intento de suministro de sustancias dopantes, aunque no se consiga, además de su administración. Las multas pueden llegar a 100.000 euros y a 400.000 en caso de implicar a menores de edad y los clubes deportivos pueden perder puntos e incluso perder la categoría.