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LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL INCLUYE PENAS DE CÁRCEL POR EL FRAUDE DEPORTIVO

Astiazarán recuerda que este año las primas a terceros son delito

El Confidencial / Efe.-  18/05/2011  (12:29h)

Astiazarán recuerda que este año las primas a terceros son delito

José Luis Astiazaran, presidente de la LFP.

José Luis Astiazarán, presidente de la Liga de Fútbol Profesional (LFP), recordó este miércoles, días antes de la última jornada del campeonato, que "pagar por un resultado es fraude y así se contempla en la reforma del Código Penal", que a partir de esta temporada ya prevé penas de cárcel para los que cometan este delito.

De esta forma, Astiazarán dejó claro que dicha reforma tipifica todo tipo de "adulteración de la competición", incluido el de las primas a terceros por ganar, asunto de actualidad en las últimas horas en el entorno de los clubes que se juegan la permanencia en Primera división en la última jornada de la Liga BBVA.

"Aquel que cometa una ilegalidad será víctima de la aplicación taxativa de la reforma del Código Penal. Los equipos deben ganar con sus armas en el campo. Fraude es alterar la competición y pagar por un resultado. Somos tajantes y contundentes", subrayó Astiazarán en un desayuno informativo en la Agencia EFE.

"No hay más que leer el Código Penal, que incluye penas de cárcel por este motivo. No creo que nadie se juegue su libertad", afirmó el presidente de la Liga de Fútbol Profesional. Este es el primer final de temporada donde se sancionará la compraventa o amaño de partidos con la citada reforma.

Es delito desde el pasado diciembre

El artículo 286 bis de la reforma del Código Penal, que entró en vigor en diciembre de 2010, fija sanciones, multas o penas de cárcel de seis meses a cuatro años para aquellas conductas que tengan por finalidad "predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva profesionales".

La modificación del Código permitirá sanciones, multas o pena de cárcel para "los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una entidad deportiva, cualquiera que sea la forma jurídica de ésta, así como los deportistas, árbitros o jueces, respecto de aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva profesionales".

 

OPINIONES DE LOS LECTORES, 2 COMENTARIOS

2 .- huy...y los favores de los arbitros al barcelona ¿nada?

sesincero

18/05/2011, 19:33 h.

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1 .- Vale.

Pero y si resulta que se hubiese recurrido a la siguiente fórmula :

Dos equipos, nada más salir el calendario de Liga, pactan el último partido. E inmediatamente y sabiendo de la inminente entrada en vigor del nuevo Codigo Penal, ambos depositan en la caja fuerte de un Banco una importante suma, que cobrará el que no "necesite" los puntos.

Lo digo porque yo he oido más de una vez a algún periodista hablar de un partido de hace 4 o 5 temporadas en el que dos equipos hicieron esto.

Y al hacer el depósito antes de la entrada en vigor de la reforma del C.Penal , no hay delito¿no?.
Y quizá en todo caso, el delito lo cometería solo el equipo que cobrase el dinero ahora, pero no el que depositó y no cobra el dinero.

maat

18/05/2011, 19:19 h.

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