Es noticia
Un año de la LPI: 5 páginas bloqueadas y 33 fuera de combate
  1. Cultura
propiedad intelectual y piratería

Un año de la LPI: 5 páginas bloqueadas y 33 fuera de combate

Según fuentes del Ministerio de Educación y Cultura, la medida que ha tenido un "mayor efecto" en la lucha contra la piratería ha sido las resoluciones de la Audiencia Nacional

Foto: Internautas en acción en Brasil (EFE)
Internautas en acción en Brasil (EFE)

La Ley de Propiedad Intelectual (LPI), que entró en vigor el pasado 1 de enero, ha tenido como resultado en su primer año de aplicación en materia de piratería el bloqueo de cinco páginas web que facilitaban de forma ilegal contenido protegido, y no se ha impuesto ninguna multa en este sentido.

Según fuentes del Ministerio de Educación y Cultura, la medida que ha tenido un "mayor efecto" en la lucha contra la piratería ha sido las resoluciones de la Audiencia Nacional para el bloqueo de cinco páginas que se encuentran entre los sitios web más destacados en cuanto al número de visitas, por lo que desde el Ministerio indican que la disminución de la piratería ha sido una consecuencia «muy directa».

En líneas generales, desde el inicio del funcionamiento de la LPI han resultado afectadas 261 páginas, de las que 78 son webs de enlaces. Del total de estas páginas, en 252 casos se han retirado todos los contenidos ilegales y 33 páginas han cesado por completo su actividad.

252 páginas han retirado todos los contenidos

En el caso de las nueve páginas restantes, la Comisión Segunda ha pedido a la Audiencia Nacional que el juez avale la retirada ejecutiva o bien el bloqueo en los casos más graves, por lo que esas páginas se encuentran en "trámite judicializado", según estas fuentes. En total, en 2015 solo se han presentado 21 solicitudes, de las 447 que ha recibido desde que empezó a funcionar la Comisión Segunda de la Ley de Propiedad Intelectual, en marzo de 2012.

Respecto a las sanciones, que con esta reforma se elevaron hasta 600.000 euros, mientras que las mínimas pasaron de 30.000 a 150.001 euros, aún no se han impuesto multas, porque la ley exige que haya una «reiteración en el incumplimiento de las resoluciones de la Sección Segunda», pero «con carácter general» se ha producido la retirada de contenidos ilegales. No ha sido necesario recurrir a esta vía ya que con la retirada de los archivos finaliza el expediente. "Estos mecanismos legales permiten a los titulares de los derechos demostrar la vulneración y pedir una compensación económica", han añadido las mencionadas fuentes.

La directora de la Coalición de Creadores de Contenidos, Carlota Navarrete, ha señalado en declaraciones a Europa Press que se mantiene la confianza en la futura perfección de la aplicación, porque cree necesaria una "respuesta rápida" a una "realidad social y económica", aunque no se muestra satisfecha con los resultados obtenidos hasta ahora.

La Ley de Propiedad Intelectual (LPI), que entró en vigor el pasado 1 de enero, ha tenido como resultado en su primer año de aplicación en materia de piratería el bloqueo de cinco páginas web que facilitaban de forma ilegal contenido protegido, y no se ha impuesto ninguna multa en este sentido.

Propiedad intelectual