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El velocímetro de mi coche o el GPS, ¿cuál funciona correctamente?

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(AEA) es una Asociación de Automovilistas sin ánimo de lucro e independiente, creada para facilitar a los conductores españoles la adecuada protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, así como la información y asesoramiento precisos sobre cuantos asuntos se relacionan con el automóvil. AEA le puede ayudar en temas relacionados con multas de circulación, conflictos de materia de consumo (reparaciones defectuosas, garantías de talleres, tasación de vehículos, etc), o respecto accidentes y sus consecuencias (responsabilidad en colisiones, indemnizaciones por daños, valoración de lesiones y coberturas de los seguros). Solicite información en www.aeaclub.org, y si lo desea hágase Socio hoy mismo.

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@Automovilistas Europeos Asociados 07/12/2010   (06:00h)

Según tengo entendido y puedo observar, hay una variación de velocidad entre la que marca el vehículo y la que marca el GPS de unos 10Km/h de más a favor del primero. Es decir, cuando el GPS marca 120Km/h el vehículo estima que se va a 130Km/h. ¿Qué velocidad debe tomarse como la idónea o la más correcta para saber que se circula dentro de los límites legales establecidos en la via?  Miguel D.

Vamos a ver si conseguimos aclarar algunos conceptos sobre los límites de velocidad que, según observamos últimamente, están un poco confusos (y, con las declaraciones poco claras de nuestras autoridades, la confusión es aún mayor). Desde el pasado 24 de mayo se han establecido, por primera vez en España, los límites de velocidad por ley. Y por tanto, superar en un solo kilómetro los límites de velocidad establecidos supone cometer una infracción. Ahora bien ¿cómo se determina si un conductor ha sobrepasado los límites de velocidad?. ¿Es fiable lo que marca el velocímetro del coche o el GPS? A esas preguntas no te podemos contestar con precisión, ya que todo dependerá de si tales aparatos funcionan bien o no.

Lo que sí te podemos decir es que hasta ahora el único sistema válido para determinar un posible exceso de velocidad era la medición realizada por cinemómetros (radares) homologados, a los cuales hay que aplicar unos márgenes de error legalmente establecidos, ya que no se trata de unas máquinas perfectas. En la actualidad, dichos errores máximos están establecidos en 4 o en 7 km/h., según se trate de radares fijos o móviles utilizados para mediciones inferiores a 100 km/h, o del 4% o 7%, respectivamente, cuando se efectuen mediciones superiores al 7% . Por eso, para poder aplicar el cuadro de sanciones previsto en la ley sobre la velocidad sobreimpresionada en la fotografía obtenida por el radar hay que descontar primero dichos márgenes de error. Si mañana se utilizaran radares tan precisos que no tuvieran margen de error, el cuadro de sanciones se aplicaría directamente sobre la velocidad obtenida por el aparato de precisión, que es lo que va a ocurrir con las mediciones que se efectúen por los mal llamados “radares de tramo” a los que no será necesario aplicar el margen de error. Por tanto el problema no está en la velocidad a la que se puede circular, sino cuál es la referencia que debe tener en cuenta a partir de ahora el automovilista. Nuestro consejo práctico es que, en ciudad,  no superes 5 kms de margen sobre lo que marca el velocímetro, y en carretera no superes el 5%.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Las responsabilidades del propietario de un vehículo

Tengo un coche a nombre de mi mujer, y por ello las multas y los puntos serán a su cargo,¿ no es así?. Y  si no tuviera carnet de conducir, requisito no necesario para ser titular de un vehículo, ¿qué es lo que ocurre, a quién se le quitan los puntos? José Ignacio Bartolomé Alfaro

La responsabilidad del titular del vehículo en caso de producirse una infracción se limita, única y exclusivamente, a la económica y no a ninguna otra sanción personal como pudiera ser la detracción de puntos, que sólo se puede aplicar en los casos en que está identificado el conductor infractor.

¿Tiene alguna duda sobre multas, seguridad vial o temas legales?
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