BIOGRAFIA
@Automovilistas Europeos Asociados (AEA)
Automovilistas Europeos Asociados
(AEA) es una Asociación de Automovilistas sin ánimo de lucro e independiente, creada para facilitar a los conductores españoles la adecuada protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, así como la información y asesoramiento precisos sobre cuantos asuntos se relacionan con el automóvil. AEA le puede ayudar en temas relacionados con multas de circulación, conflictos de materia de consumo (reparaciones defectuosas, garantías de talleres, tasación de vehículos, etc), o respecto accidentes y sus consecuencias (responsabilidad en colisiones, indemnizaciones por daños, valoración de lesiones y coberturas de los seguros). Solicite información en www.aeaclub.org, y si lo desea hágase Socio hoy mismo.
POST ANTERIORES
¿Es legal que la luz naranja del semáforo sólo dure 2 segundos?
¿Es correcta la señalización para motos en el barrio de Salamanca?
¿Es legal que me impongan una triple multa?
@Automovilistas Europeos Asociados 16/12/2010 (06:00h)
Tengo entendido que, hasta ahora, el límite a partir del que se puede multar por velocidad está un 20 por ciento por encima de la máxima permitida. Es decir, 120 km/h. si el límite era de 100. Parece que esto ha cambiado y mi pregunta es:
1.- ¿Para adelantar se puede o no ir a 20 km/h. más de la velocidad permitida?
2.- ¿Si la contestación fuera afirmativa, cómo combina esto con las sanciones por exceso de velocidad? 3.- ¿Si ahora no es así, como se contempla la velocidad en adelantamientos? Juan Montelongo
Tu información no es del todo correcta, ya que en modo alguno se permite circular a una velocidad superior en un 20% a la permitida al realizar un adelantamiento. El Art. 51 del Reglamento General de Circulación permite rebasar en 20 km/h. los límites de velocidad sólo en carreteras convencionales (no en autovías, autopistas, ni vías urbanas) y siempre que el vehículo adelantado no vaya al límite de velocidad (por ej. podrías circular a 119 km/h. en una vía limitada a 100 km/h. al adelantar a otro vehículo).

Cómo se puede solucionar una multa sin ir hasta el ayuntamiento
He recibido la 'Notificación de providencia de apremio' de una sanción de hace seis meses y no tengo ni idea a qué se refiere, y me dan un plazo para pagar o recurrir. La sanción me la envían de una oficina de recaudación que está a 400 km de donde vivo actualmente, 400 km de ida y 400 de vuelta, y no hay manera de que me cojan el teléfono porque, cuando llamo, siempre está comunicando. ¿Qué me recomiendan? Laura Sanmartín
Nuestro consejo es que hagas un recurso por escrito fundamentado en la falta de notificación reglamentaria de la multa, y pide como elemento de prueba que te hagan llegar los acuses de recibo de las notificaciones enviadas.