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@Automovilistas Europeos Asociados (AEA)
Automovilistas Europeos Asociados
(AEA) es una Asociación de Automovilistas sin ánimo de lucro e independiente, creada para facilitar a los conductores españoles la adecuada protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, así como la información y asesoramiento precisos sobre cuantos asuntos se relacionan con el automóvil. AEA le puede ayudar en temas relacionados con multas de circulación, conflictos de materia de consumo (reparaciones defectuosas, garantías de talleres, tasación de vehículos, etc), o respecto accidentes y sus consecuencias (responsabilidad en colisiones, indemnizaciones por daños, valoración de lesiones y coberturas de los seguros). Solicite información en www.aeaclub.org, y si lo desea hágase Socio hoy mismo.
POST ANTERIORES
Circular por una zona de circulación restringida
¿Un vehículo de la Policía mal aparcado puede multar?
¿Es legal que te cobren un impuesto por los pasos de carruajes?
¿Cómo puede un profesor de autoescuela reclamar una multa por no parar en un semáforo en rojo?
@Automovilistas Europeos Asociados (AEA) 28/01/2012 (06:00h)
Recibo una multa por exceso de velocidad por importe de 100€. La pago el mismo día por internet y se me queda en 70€, y pone que no lleva incluida pérdida de puntos. A los pocos días recibo una multa de 300€ por no identificar al conductor. El coche es mío, la multa a mi nombre y el pago lo hago yo. Recurro esta nueva multa porque era yo y así se deduce al haber pagado la sanción. Recurro esa nueva multa y lo mando por correo certificado. No recibo contestación. Al poco tiempo recibo la multa para ser pagada por la Agencia Tributaria, ya que de lo contrario proceden al embargo de mi cuenta bancaria. La pago y vuelvo a recurrir a Tráfico, esta vez entregando el recurso en un Registro Único de la Administración. No me han contestado y he tenido que pagar 341€. ¿Qué puedo hacer para que me devuelvan mi dinero cobrado injustamente? Carmen Gómez
En primer lugar tienes que comprobar si esos expedientes tienen alguna relación entre ellos. Es decir, comprueba que se trata del mismo número de expediente, aquel que recurriste ante Tráfico, y el de Hacienda. Si es así recurre alegando la falta de notificación reglamentaria de la deuda y de la providencia de apremio por parte de Hacienda. Y respecto a los dos expedientes de Tráfico tendrías que hacer un recurso de revisión por manifiesto error, ya que si se trata de expedientes relacionados, el pago del primero sería incompatible con la incoación del Segundo de 300 €.

Cuál es el plazo para notificar un exceso de velocidad
¿Qué plazo tiene la DGT para notificar una infracción por exceso de velocidad (111 km/h cuando el límite es 80), detectada mediante radar, para que no prescriba? Pedro Fernández
El plazo de prescripción de este tipo de infracciones es de seis meses.
¿Tiene alguna duda sobre multas, seguridad vial o temas legales?