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¿Hay plazo para renovar el permiso de conducir cuando ha caducado?

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@Automovilistas Europeos Asociados (AEA)

Automovilistas Europeos Asociados

(AEA) es una Asociación de Automovilistas sin ánimo de lucro e independiente, creada para facilitar a los conductores españoles la adecuada protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, así como la información y asesoramiento precisos sobre cuantos asuntos se relacionan con el automóvil. AEA le puede ayudar en temas relacionados con multas de circulación, conflictos de materia de consumo (reparaciones defectuosas, garantías de talleres, tasación de vehículos, etc), o respecto accidentes y sus consecuencias (responsabilidad en colisiones, indemnizaciones por daños, valoración de lesiones y coberturas de los seguros). Solicite información en www.aeaclub.org, y si lo desea hágase Socio hoy mismo.

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@Automovilistas Europeos Asociados 09/04/2011   (06:00h)

Me gustaría saber si es posible renovar el carnet de conducir una vez que ha caducado y si hay algún plazo para ello. También me gustaría saber si hay alguna penalización por renovarlo tras la caducidad o si se exige algún requisito adicional. Si la respuesta fuese no, ¿es necesario pasar de nuevo los exámenes y obtener un nuevo permiso? Fernando Iglesias

Sí, si es posible y no hay plazo para ello. Desde el 27/1/2008, fecha en que entró en vigor una reforma del art. 17. 3 del Reglamento General de Conductores, ya no hay que examinarse de nuevo cuando han transcurrido más de cuatro años desde que un permiso de conducir caduca y su titular no lo renueva. Desde esa fecha lo puedes renovar en cualquier momento, pero lo único es que mientras no lo prorrogues  el permiso de conducir caducado no te autoriza a conducir y si lo haces te pueden sancionar con una multa de 200 € por cometer una infracción calificada como grave.


¿Se puede denunciar a un agente por pedir dinero?

Mi pregunta es simple, ¿cómo se puede denunciar a un agente en caso de que este pida un dinero a cambio de no denunciarte?, tengo entendido que es tu palabra contra la suya y la del agente tiene mayor validez ante un juez, entonces, ¿es imposible denunciarle? Jorge di Fiore

En un tema penal como el que nos planteas, no es que prevalezca la palabra del agente frente a la tuya, es que tal y como recoge la Constitución rige la presunción de inocencia. Es decir, que quién acusa es quién tiene que probar los hechos delictivos.

¿Tiene alguna duda sobre multas, seguridad vial o temas legales?
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