publicidad

CONSULTORIO SOBRE RUEDAS

Cuando saltarse un semáforo en rojo puede considerarse delito

BIOGRAFIA

@Automovilistas Europeos Asociados (AEA)

Automovilistas Europeos Asociados

(AEA) es una Asociación de Automovilistas sin ánimo de lucro e independiente, creada para facilitar a los conductores españoles la adecuada protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, así como la información y asesoramiento precisos sobre cuantos asuntos se relacionan con el automóvil. AEA le puede ayudar en temas relacionados con multas de circulación, conflictos de materia de consumo (reparaciones defectuosas, garantías de talleres, tasación de vehículos, etc), o respecto accidentes y sus consecuencias (responsabilidad en colisiones, indemnizaciones por daños, valoración de lesiones y coberturas de los seguros). Solicite información en www.aeaclub.org, y si lo desea hágase Socio hoy mismo.

BUSCAR USUARIOS

Valorado (4/5) Valorado (4/5) Valorado (4/5) Valorado (4/5) Valorado (4/5)(4/5 | 4 votos)

|

 Compartir

@Automovilistas Europeos Asociados 23/02/2011   (06:00h)

Les agradeceré que me aclaren si saltarse dos semáforos en rojo a una velocidad de 60 km hora se considera delito contra la seguridad ciudadana. José Luis Megías

Habría que analizar el caso concreto, ya que en determinadas circunstancias, sí pudiera incardinarse en el Art. 380 del Código Penal que establece penas de prisión de seis meses a dos años y privación del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años “a quién condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas”.

Multa por exceso de velocidad sin notificación  

En marzo me coge un radar por exceso de velocidad. Al parecer me han notificado por correo (me dejaron un aviso de correos pero cuando fui a recogerlo lo habían devuelto) para que dijera quien era el conductor. Me ha llegado una carta por correo normal, con un aviso de multa de 420 €, por haberme negado a facilitar el nombre de la persona que conducía siendo legalmente requerido para ello y habiéndome negado. Me siento indefenso, que puedo hacer? Tengo un apartado de Correos porque el correo no llega a casa (vivo en las afueras) y ya es la segunda vez que me pasa esto, pues el correo lo recojo cada semana o diez días. Puedo hacer algún recurso antes de que venga Hacienda a ejecutarme o llamo a "Curro Jiménez" para que me ayude. Miguel A. Mora Cayetano

Por los pocos datos que nos facilitas intuimos que el expediente de origen proviene de un exceso de velocidad sancionado con 140 euros y 2 puntos. Al no identificar al conductor infractor (porque no has tenido noticia del requerimiento), Tráfico ha continuado el procedimiento contra el titular del vehículo. En primer lugar, debes decidir frente a qué sanción te interesa más recurrir porque la primera tiene pérdida de 2 puntos. En todo caso puedes hacer un escrito a Tráfico indicando que retrotraiga el expediente ya que no has recibido el requerimiento para identificar al conductor. Y respecto al problema de las notificaciones, desde el pasado mes de noviembre tienes una opción al sistema tradicional de correo postal y es la Dirección Electrónica Vial (DEV) para que te puedan avisar a través de internet. ¿Tiene alguna duda sobre multas, seguridad vial o temas legales?
Pinche aquí para enviar su consulta

Valorado (4/5) Valorado (4/5) Valorado (4/5) Valorado (4/5) Valorado (4/5)(4/5 | 4 votos)

|

 Compartir

 
Marca
Modelo
Provincia
Combustible
Las más, patrocinado por Aenor los más leidos los más leidos los más comentados los más enviados



Ediciones anteriores      Suscripción al boletín                                              Anúnciate
Auditado por Ojd