BIOGRAFIA
@Automovilistas Europeos Asociados (AEA)
Automovilistas Europeos Asociados
(AEA) es una Asociación de Automovilistas sin ánimo de lucro e independiente, creada para facilitar a los conductores españoles la adecuada protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, así como la información y asesoramiento precisos sobre cuantos asuntos se relacionan con el automóvil. AEA le puede ayudar en temas relacionados con multas de circulación, conflictos de materia de consumo (reparaciones defectuosas, garantías de talleres, tasación de vehículos, etc), o respecto accidentes y sus consecuencias (responsabilidad en colisiones, indemnizaciones por daños, valoración de lesiones y coberturas de los seguros). Solicite información en www.aeaclub.org, y si lo desea hágase Socio hoy mismo.
POST ANTERIORES
Circular por una zona de circulación restringida
¿Un vehículo de la Policía mal aparcado puede multar?
¿Es legal que te cobren un impuesto por los pasos de carruajes?
¿Cómo puede un profesor de autoescuela reclamar una multa por no parar en un semáforo en rojo?
@Automovilistas Europeos Asociados (AEA) 23/11/2011 (06:00h)
La consulta es por multas de tráfico recibidas indebidamente tras el cambio de nombre de un vehículo. El error y negligencia corresponden al Ayuntamiento de Barcelona dado que se realizó correctamente la tramitación reglamentaria del cambio de nombre y así se ha acreditado en las reclamaciones, aunque no ha servido de nada. Hacienda exige la presentación de un aval para evitar el embargo de la cuenta bancaria, algo a todas luces inconcebible desde el más elemental sentido común dado que supone la más absoluta indefensión para el contribuyente que ha cumplido con sus obligaciones. La cuestión es saber cuál es el alcance de la reclamación. ¿Caben daños y perjuicios, o solo podemos recuperar los importes cargados indebidamente incluido el coste del aval? Facundo Villa
Estando una multa en vía de apremio, efectivamente sólo puede paralizarse su ejecución mediante depósito o aval de su importe. Sin embargo desde AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) no te recomendamos esta opción porque te puede costar más el collar que el perro. No obstante, si por la negligente actuación de la Administración se te causa un daño desde luego que puedes reclamarlo si lo acreditas debidamente. Dispones de un plazo de un año.

¿Cómo actuar en caso de sufrir un accidente?
La pasada noche estaba trabajando en Madrid -soy conductor en una empresa de servicios- cuando parado en un semáforo en rojo unos jóvenes embistieron mi furgoneta con su todoterreno. En aquel momento debido a los mareos y los dolores de espalda y cuello derivados del fuerte impacto, lo único que creí conveniente fue llamar a mis jefes, que acudieron velozmente y me llevaron a la mutua, mientras otro encargado rellenaba el parte. No caí en ese momento en llamar tanto a la Policía Municipal como al Samur para que hicieran sus correspondientes atestados, y en la mutua me dijeron que ellos tenían que dar parte al juzgado. Lo que ahora no sé son los pasos que tengo que dar para reclamar, si procediese, las correspondientes indemnizaciones. No sé si puedo ir a la Policía Municipal después de pasadas las horas, si tengo que denunciar en el juzgado o qué tengo que hacer. ¿Cuáles son los pasos a seguir para hacer todo correctamente? Carlos de Mingo
Cuando se produce una intervención médica por un accidente de tráfico, el centro sanitario está obligado a dar parte al juzgado. Una vez recibidas las diligencias el juzgado te debe comunicar que dispones de un plazo de seis meses para decidir si decides presentar denuncia expresa por las lesiones que te han causado, con el fin de que continúe la tramitación judicial para que el forense reconozca el alcance de las lesiones y se puedan fijar las indemnizaciones que te correspondan. Por tanto, lo único que debes estar pendiente es que dentro de ese plazo esté presentada la denuncia expresa por tu parte.
¿Tiene alguna duda sobre multas, seguridad vial o temas legales?