Comunidad Confidencial

Ley 241988, de 28 de julio, del Mercado de Valore...

Comentario escrito en "La infamia: expolian a los niños pobres por comer"

Roberto Centeno.- 13/08/2012

comentario 

(06:43) Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
TÍTULO VII. NORMAS DE CONDUCTA.
CAPÍTULO I. NORMAS DE CONDUCTA APLICABLES A QUIENES PRESTEN SERVICIOS DE INVERSIÓN.
En particular tendrá la consideración de cliente profesional:
…Al llevar a cabo la citada evaluación, la empresa deberá comprobar que se cumplen al menos dos de los siguientes requisitos:
1. que el cliente ha realizado operaciones de volumen significativo en el mercado de valores, con una frecuencia media de más de diez por trimestre durante los cuatro trimestres anteriores;
2. que el valor del efectivo y valores depositados sea superior a 500.000 euros;
3. que el cliente ocupe, o haya ocupado durante al menos un año, un cargo profesional en el sector financiero que requiera conocimientos sobre las operaciones o servicios previstos

 Me gusta (0)    Marcar como ofensivo   Facebook   Twitter

Últimos comentarios de johnfisher

Registrado el 30/03/2011

comentario 433 comentarios

johnfisher

Buscar comentarios de johnfisher

Por fecha

ANÚNCIATE BOLETÍN
Nov
2012
1ª Edición
2ª Edición
L
M
X
J
V
S
D

HEMEROTECA

Mostrar Calendarios