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El Supremo absuelve a un violador porque la sentencia que lo condenó estaba mal explicada

Tribunal Supremo

El Supremo absuelve a un violador porque la sentencia que lo condenó estaba mal explicada

El presidente del Tribunal Supremo, Carlos Dívar (c), y el fiscal general de Estado, Cándido Conde-Pumpido (Efe).

@Carlota Guindal.- 12/08/2009 19:46h

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Un hombre maltrata física y psíquicamente a su mujer, además de abusar sexualmente de ella, pero finalmente queda absuelto por un problema de ‘lingüística’. El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres que condenaba a un hombre a once años y nueve meses de prisión por agresión sexual y maltrato familiar porque no recoge correctamente la versión de los hechos ni concreta los razonamientos para la condena.

Según la Sala, la sentencia de instancia "mezcla valoraciones sobre tipicidad, ponderaciones de aspectos probatorios y juicios críticos sobre la personalidad dominante y opresora del acusado sobre su familia; y todo ello sin una debida ordenación de los distintos problemas jurídicos y probatorios". El tribunal, con Adolfo Prego como ponente, recrimina a la Audiencia que no recoge en la sentencia la versión concreta de la esposa, ni cómo narró los hechos, ni con qué expresiones, ni si hubo varias declaraciones persistentes o no.

Por eso, dice que "ignora" en que consistió lo que la anterior sentencia llama "forzar" a mantener relaciones sexuales. Puede sugerirle el uso de la violencia física, "o quizá -no lo sabemos- el empleo de la amenaza o la intimidación ni en qué consistió en su caso la una o la otra". En definitiva, considera que no hay una "explicación razonada de los hechos".

La Audiencia Provincial afirma en su sentencia que el acusado "forzó" a su esposa a mantener relaciones sexuales pero, para el Supremo, esta expresión es "huérfana" de precisión. No aclara si se empleó violencia o intimidación, que es lo que permite determinar verdaderamente si esas relaciones fueron o no forzadas.

"Tan solo señala el hecho probado que todo ello sucedía 'sacándola de la cama' sin ninguna otra precisión; expresión que parece sugerir, pero no afirma con claridad, una acción violenta o intimidatoria del acusado", recoge el escrito.

Pareja desde hacía quince años

La sentencia de la Audiencia Provincial narra que Celestino Salvatierra y Manuela Caballero eran pareja desde hacía quince años y tenían dos hijos en común. Un día de julio de 2005 comenzó una discusión por las malas notas de uno de los niños que acabó en un empujón del marido a la mujer y una bofetada en la cara que le causó una contusión muscular y ansiedad.

Desde el nacimiento de su primer hijo, de trece años, Celestino sometió a Manuela a un trato "descalificador, humillante y vejatorio", que se concretaba en expresiones como "eres una analfabeta, una inculta, no vales para nada y no hables delante de la gente porque no dices más que tonterías".

En este clima de tensión, agobio y sometimiento, sigue la sentencia de la Audiencia, el "desamor" entre la pareja fue creciendo y las relaciones sexuales entre Celestino y Manuel fueron esparciéndose hasta llegar a ser algo esporádico e infrecuente. Celestino comenzó a "forzar" a Manuela a mantener relaciones sexuales con una periodicidad de dos o tres veces a la semana, "sacándola de la cama donde dormía habitualmente con su hija una vez dormida ésta".

Celestino cogía a Manuela, la sacaba de la cama, la llevaba fuera de la habitación y "pese a su resistencia la penetraba vaginalmente". Celestino, que sufre un trastorno de personalidad con una elevada autoestima y una convicción de dominio y poder, tenía desde julio de 2005 una orden de alejamiento.

Grosero pero no delincuente

Ahora, el Supremo dice que la anterior sentencia sólo describe una acción concreta del acusado, que por sí sola es insuficiente, consistente en decirle a su esposa: "Eres una analfabeta, una inculta, no vales para nada".

Para la Sala, la expresión a pesar de ser "francamente grosera e inadmisible" no traspasa los límites de la grosería o de la falta de delicadeza. "No basta con decir que la sometió a un trato descalificador, humillante o vejatorio cuando no se expresa que es lo que, aparte de la concreta frase, la Sala considera como tal".

El tribunal entiende que para condenar al acusado "no basta" con decir que le sometió a un trato descalificador, ni se pueden recoger "vaguedades" como que "le impidió su desarrollo personal" o "nimiedades" como que "desde el principio de la convivencia el procesado se erigió en el centro rector de la misma" o que con sus hijos "era un tacaño".

"La descripción que del acusado hace la Sala puede ser un cuadro completo de cómo no debe comportarse alguien en la sociedad actual, según los criterios y modelos sociales que hoy rigen dentro de la familia. Pero eso no convierte a una persona por insoportable que pudiera ser su convivencia en un delincuente", concluye.

La Sala sólo mantiene la pena de nueve meses de prisión por un delito de lesiones, por la bofetada propinada, y le rebaja la indemnización de diez mil euros a 240 cuarenta, equivalente a este último delito.

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Opiniones de los lectores (28)

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28. usuario registrado JAZZIZ»13/08/2009, 17:34 h.

En fin, esperaremos a mediados de Septiembre cuando se reincorpore el grueso de la plantilla de EC. Que nos explique públicamente el MODERARDOR [y esta vez que no sea de manera absurda] la historieta de este TROLL canalla y esquizofrénico.

Que explique EC de que va. Libertad de Expresión para todos, por supuesto, pero lo de este TROLL es gamberrismo barato. ¿Es el MODERADOR de la misma madera?. Igual si. ¿Son órdenes de arriba?, igual también. Veremos.

Por cierto TROLL, ¿ya no exhibes a tu trollito WAMBAUGH por los foros?.

Ya pondremos comentarios de este sádico, hincapié en los censurados. Sobre todo uno, que debería haber sido motivo de expulsión permanente de este psicópata. Lo veremos en Septiembre.

¿Cuántos Nicks llevas ya, 200?, seguro.

Hasta Septiembre.

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27. usuario registrado chicuelo88»13/08/2009, 14:13 h.

¿Que pasa este verano en España? ¿es que no vamos a ser capaces de hacer nada dentro de lo normal?

Como se puede ser tan incompetente como para dejar en libertad a un violador. Yo cada dia alucino todavia mas con la justica española.

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26. usuario registrado Carlos38»13/08/2009, 13:29 h.

Otra muestra más de la incapacidad ee nuestro sistema judicial. Que Dios nos coja confesados... Me gustarñía saber qué habría pasado si la victima de la violación hubiera sido la hija de alguno de estos jueces estúpidos y alejados de la realidad...

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25. usuario registrado Libis»13/08/2009, 13:01 h.

#21

Yo no creo que pueda considerarse una victoria del abogado defensor ante la Audiencia Provincial. Todo lo contrario, el abogado "perdió", lo que pasa que los "ganadores" no supieron explicar cómo habían ganado y por qué.

En todo caso, es posible que pudiéramos pensar que el defensor ha "ganado" en su recurso de casación ante el T. Supremo, pero ahí pudiera no ser el mismo abogado, y además ahí era más una valoración de la sentencia, que un nuevo repaso a las circunstancias del supuesto delito.

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24. usuario registrado Libis»13/08/2009, 12:54 h.

#18

Lo de mi amigo Antonio, que se sabía las páginas de memoria, lógicamente era de las ediciones en las que había estudiado él. Y eso, claro, le valía de poco, porque al conocer de memoria todos los artículos, podía buscarlos sin problemas en otras ediciones.

Claro, estoy de acuerdo en que el saberse de memoria buena parte de las leyes no es suficiente para ser un buen abogado. Eso era una curiosidad. Yo me refería más bien a que una persona con la fuerza de voluntad para encerrarse varios años en casa, con un preparador que te machaca a diario, suelen ser mimbres suficientes para superar parte de las trabas que te plantea la vida.

Por supuesto, para ser un abogado brillante, hacen falta muchas más cosas. Ese amigo que decía, sin ir más lejos, se gana bien la vida, pero no está considerado un primer espada, ni muchísimo menos.

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