Archivan la causa penal por la casa de Banderas al haber prescrito el delito
EFE - 11/12/2008 21 : 11
Marbella (Málaga), 11 dic (EFE).- El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Marbella, Gonzalo Dívar, ha acordado archivar la causa por la concesión de la licencia urbanística de la casa propiedad del actor malagueño Antonio Banderas en esta ciudad, al considerar que los delitos denunciados están prescritos.
En este proceso estaban encausados el ex alcalde de Marbella Julián Muñoz y otros ex concejales del Consistorio marbellí, a los que el juez imputaba un delito de prevaricación.
Según el auto, al que ha tenido acceso Efe, la licencia para edificar el chalé se concedió en 1995 por el equipo de Gobierno presidido por el ex alcalde Jesús Gil, ya fallecido, y la denuncia fue interpuesta diez años después por la Fiscalía, que ha solicitado recientemente el archivo del procedimiento.
En la resolución judicial, que es recurrible, Dívar recuerda que las diligencias se inician antes de la entrada en vigor del Código Penal de 1995, que atribuye un plazo de prescripción de cinco años en el caso de prevaricación.
Por ello, argumenta, aplicando esta normativa "evidentemente los delitos investigados estarían prescritos incluso a la fecha de presentación de la denuncia".
El juez explica que si el plazo de prescripción fuera de diez años, como mantiene el Ministerio Fiscal, la presunta comisión de los delitos se remontaría al 1 de marzo y al 28 de junio de 1995, fechas en las que se aprobó la licencia de edificación, y prescribirían una década después de que el procedimiento se hubiera dirigido contra los supuestos culpables.
En este sentido, el magistrado señala que, aunque las diligencias previas se incoaron el 15 de junio de 1995, "no es hasta el 15 de mayo de 2005 cuando se cita a los imputados para tomarles declaración", por lo que en conformidad con la doctrina del Tribunal Constitucional los hechos también estarían prescritos.
En esta causa, las defensas de los ex ediles mantenían que la licencia había sido concedida en virtud del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Marbella de 1986, que establecía el suelo donde se edificó la vivienda como urbano, mientras que la Fiscalía consideraba que el plan aplicable era el de 1968, en el que se calificaba la parcela como suelo rústico.
Antonio Banderas adquirió el chalé, denominado "La Gaviota", entre 1996 y 1997 a los herederos de la periodista Encarna Sánchez, propietaria entonces de la vivienda.
En relación con el inmueble del actor existe también un proceso contencioso-administrativo en el que una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) obliga a Banderas a derribar un ala del chalé por considerar nula la licencia de construcción.
El nuevo PGOU de Marbella, actualmente en trámite, prevé la legalización de la vivienda, al definir el suelo como unifamiliar y establecer como compensación para la regularización del inmueble la cesión de parte de una zona de servidumbre que ocupa el chalé.
La comunidad de propietarios de la urbanización "Los Monteros" ya ha anunciado que denunciará ante la Fiscalía un supuesto delito de tráfico de influencias si finalmente se aprueba en estos términos el nuevo documento urbanístico.EFE hsb/cc/rs
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