publicidad
publicidad

www.cotizalia.com www.vanitatis.com

Logo EL Confidencial
Lunes, 6 de octubre de 2008
Expo Zaragoza 2008
PORTADA   España   Deportes   Comunicación   Opinión    Canales     Cultura    Ocio    Multimedia    Foros      
Con Lupa Al Grano Mientras Tanto Dos Palabras Sin enmienda El Confidente
Salud Tecnología Expo 2008 Canal Empleo
El Cultiberio Cine Libros Arte Teatro Música
Hoteles Restaurante Viajes Motor Vinos
Vivienda En Exclusiva Sectores Lo Último
En Imágenes Álbum Vídeos
El Café

SOCIEDAD

La Audiencia Nacional sentencia que el tabaco provoca cáncer pero exime de responsabilidad al Estado

La Audiencia Nacional sentencia que el tabaco provoca cáncer pero exime de responsabilidad al Estado

El Confidencial.-05/10/2008

Deja tu comentario (2)

Valorado (0/5)Valorado (0/5)Valorado (0/5)Valorado (0/5)Valorado (0/5) (0/5 | 0 votos)

enviar a un amigoimprimir

La Audiencia Nacional ha resuelto por primera vez sobre una demanda por tabaquismo, presentada por un enfermo de cáncer de laringe, en la que concluye que fumar provoca daños en la salud y es un "factor cancerígeno", aunque en este caso exonera a la administración del Estado de responsabilidad.

El fallo de la sala sexta de lo contencioso-administrativo de la Audiencia desestima la demanda de Francisco Muñoz Bermúdez, un valenciano de 75 años que sufre un cáncer de laringe y que reclamaba una indemnización al Ministerio de Economía de 300.000 euros por daños y perjuicios al considerar que el Estado tiene responsabilidad patrimonial.

Muñoz empezó a fumar a los 13 años cigarrillos de las marcas Fortuna, Ducados, Ideales, Celtas, comercializados por Tabacalera —hoy Altadis—, y asegura en su reclamación que nadie le avisó entonces del peligro que comportaba la adicción al tabaco.

El recurrente denuncia que hay responsabilidad patrimonial del Estado puesto que Tabacalera fue un monopolio estatal hasta 1998. Según el abogado del demandante, José Ángel Mañoso, "esta sentencia es muy importante porque por primera vez un alto tribunal admite que el tabaco provoca cáncer, lo que creará jurisprudencia". Efectivamente, el fallo de la Audiencia Nacional afirma: "Punto de partida insoslayable es que el consumo de tabaco es causa eficiente de daños a la salud y, particularmente, un factor cancerígeno".

El Estado no tiene la culpa

"La evidencia científica sobre los riesgos que, en efecto, conlleva el consumo de tabaco para la salud de las personas es del todo punto concluyente. Por lo tanto, que el consumo de tabaco puede ser causa del cáncer padecido por el recurrente no es en absoluto algo que la Sala cuestione", concluye la ponente de la sentencia, la magistrada María Asunción Calvo Tambo.

Sin embargo, la Audiencia Nacional ha desestimado el caso por tres razones: porque el consumo de tabaco por el recurrente deriva de un "acto libérrimo y de su exclusiva responsabilidad", porque el Estado "no impone" el consumo de tabaco aunque permita la venta y su acceso —antes también lo fabricaba— y porque entiende que el demandante "no aporta prueba alguna que le permita acreditar su efectiva condición de fumador, menos desde la temprana edad que se dice, ni tan siquiera de que en su caso concreto el cáncer de laringe padecido derivase del consumo de tabaco".

El abogado barcelonés asegura que durante el período de pruebas se presentaron tres testigos que certificaron que el recurrente era adicto al tabaco desde los 13 años "y lo que no pueden pretender los tribunales es que se tenga recibos de compra de hace más de 60 años". José Ángel Mañoso, aunque valora positivamente la sentencia por el "paso adelante que supone que un alto tribunal reconozca que fumar provoca cáncer", como ya hicieron las autoridades sanitarias, lamenta que "no se haya presionado más a la industria para aportar los datos que pedíamos en el juicio, la composición exacta de los cigarrillos".

Según explica, "se alegó que es una fórmula secreta, como la de la Coca-cola, y que divulgarla les podía perjudicar comercialmente, lo que fue admitido por la Audiencia". El abogado barcelonés también cree que este fallo debe ayudar a un endurecimiento de la ley española del tabaco y califica de situación "preconstitucional" que, como recuerda la propia sentencia de la Audiencia, el tabaco todavía esté regulado por una normativa no actualizada desde 1977, el Código Alimentario Español, que puede generar "confusión" puesto que "el tabaco nada tiene que ver con la alimentación de los españoles", apuntilla.

Valorado (0/5)Valorado (0/5)Valorado (0/5)Valorado (0/5)Valorado (0/5) (0/5 | 0 votos)

enviar a un amigoimprimir

Enlaces patrocinados

Opiniones de los lectores (2)

Deja tu comentario

2. usuario registrado PJCM05/10/2008, 19:59 h.

Vicente Torres.- Lo que creo, es que debeis animarnos a los fumadores a no dejarlo, ya que el Estado no ingresaria los impuestos del tabaco y los repercutiria a fumadores y no fumadores.

Cuando ese señor tenia 13 años era en 1948, entonces no se fabricaban ni los Ducados ni los Fortuna. LOs Celtas creo que tampoco, eran de mi epoca jovenzuela.

Por aquella epoca practicamente no se vendia cajetilla de cigarrillas. Se vendia el caldo de gallina, tabaco para liar. Mucho más tarde, comenzaron los Diana y los Bisonte. Que tiempos aquellos.

  marcar ofensivo Marcar como ofensivo

1. usuario registrado Vicente Torres05/10/2008, 18:14 h.

Yo también comencé a fumar a los trece años. Y fui fumador empedernido durante 25 más, hasta que lo dejé. Los médicos siempre decían que fumar es malo, aunque en aquellos tiempos lo hacían con un cigarrillo en la boca.
La publicidad del tabaco estaba en todas partes, en el cine, en el ambiente y en las propias casas.
En la actualidad ya no cabe dudar de los efectos nocivos del tabaco, pero cuesta mucho suprimir un hábito que viene de tan atrás.
Hacer pagar al Estado, o sea a todos, a causa de la incapacidad para dejar de fumar de alguien, me parece excesivo.
En ese caso yo también tendría derecho a cobrar, puesto que al dejar de fumar le ahorrado al Estado un montón de dinero.
http://xpuntodevista.blogspot.com

  marcar ofensivo Marcar como ofensivo

El equipo de redacción revisará las opiniones para evitar la difusión de comentarios no apropiados o insultos. El horario del foro es de 07:00 a 23:00 h, con horario restringido a los invitados de 10:00 a 19:00 h. Fuera de ese horario no se incluirán opiniones.

Ver más comentarios    Deja tu comentario

Todos los derechos reservados © Prohibida la reproducción total o parcial

atlas
Auditado por Ojd

ir a Cotizalia

El Confidencial

ir a Vanitatis