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Indignación en la calle: un vacío legal permitirá que ‘Nanysex’ salga de la cárcel en 12 años

Nanysex pederastas Pacto de la Justicia

Indignación en la calle: un vacío legal permitirá que ‘Nanysex’ salga de la cárcel en 12 años

Dos de los cuatro integrantes de la red de violadores de bebés, entre ellos a Álvaro I.G., alias "Nanysex" (EFE).

@Daniel Forcada.-22/07/2008

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La sociedad no lo percibe como un castigo ejemplar. ‘Nanysex’, “uno de los peores pederastas”, según la policía, podría estar de nuevo en la calle dentro de 12 años después de la condena impuesta ayer por la Audiencia Provincial de Madrid. Una sentencia que las víctimas recurrirán ante el Tribunal Supremo y que se ha basado en una interpretación estricta del Código Penal.

La diferencia entre un abuso y una agresión sexual se basa en que haya hecho uso de la violencia. Lo que, en el caso de Álvaro I.G., ‘Nanysex’, no se ha producido pues sus víctimas, niños y bebés, eran incapaces de defenderse o de comprender lo que les estaba pasando. Un vacío legal que ha motivado que este pederasta haya sido condenado solo a 58 años de prisión en lugar de a los175 solicitados por la Fiscalía. Autor de cinco delitos continuados de abusos sexuales y de seis delitos de corrupción de menores, la sentencia, de la sección 23 de la Audiencia madrileña, considera probado que ‘Nanysex’ abusó sexualmente de cinco niños entre 2002 y 2004 en Murcia y en la localidad madrileña de Collado-Villalba, abusos que grababa en vídeo y que después distribuía entre los otros condenados y a través de Internet.

Además de tocamientos repetidos, ‘Nanysex’ obligaba a los niños a practicarle felaciones y se masturbaba en presencia de los menores, aprovechando su trabajo de canguro. Entre sus barbaridades, intentó penetrar analmente a un bebé, pese a que las pruebas documentales no hayan mostrado el uso de la fuerza de forma explícita. Algo “inadmisible” para el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Arturo Canalda, que solicitaba ayer una reforma inmediata del Código Penal para corregir lagunas como esa. “No tiene sentido que a pesar de que los menores son muy pequeños y no pueden ejercer oposición contra la agresión que están sufriendo, sólo se contemple un delito de abuso sexual", señaló.

Penas “insuficientes"

"Pienso que agarrar la cabeza o los pies de un menor, algunos de menos de dos años, supone ejercer suficiente fuerza en una persona tan vulnerable como para considerarlo violencia", señalaba ayer el abogado de las víctimas, Manuel Maza. El letrado ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia al considerar "insuficientes" las penas impuestas a los procesados, al tiempo que se lamentaba porque "en vez de tomar cada uno de los hechos por separado" los tome como delito continuado, y haya impuesto las penas de 58 años para "Nanysex", 31 años para José G.C., 14 años y 6 meses para Eduardo S.M. y 3 años para Antonio O.M.

Las víctimas recurrirán al Tribunal Supremo, pues consideran que la sentencia sienta un mal precedente de jurisprudencia para casos similares. “Si no se anula, lo que estamos haciendo es ayudas a los pederastas a abusar de los niños porque no es lo mismo condenar por cada uno de los abusos que cometa sobre un niño que uno de forma continuada. Así corremos el peligro de que un delincuente sexual que viole a un niño 10 veces solo pueda ser condenado a 12 años, en vez de a 120 si cada uno de ellos se considera de forma individual”.

Dentro de 12 años, ‘Nanysex’ podrá beneficiarse del tercer grado penitenciario y, cinco años más tarde, en 2025, podrá salir en libertad. Y eso, a pesar de que los informes psiquiátricos alertan de su difícil reinserción y de que no se ha arrepentido de sus actos.

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Opiniones de los lectores (21)

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21. usuario registrado pijud magnificud22/07/2008, 19:05 h.

Perdon si resulta crudo, pero para penetrar analmente a un bebe es implicitamente, que coño, manifisestamente necesario emplear la violencia o la fuerza, que en el caso que nos interesa es lo mismo.

No entraremos a valorar el porque, simplemente hacer notar que es una cuestion puramente física. Pero si al juez le cabe la menor duda podría hacerse el mismo la pericial con algo que guarde la proporción adecuada de tamaños.

A algunos jueces abria que hacersela obligatoriamente antes de dejarles hacer "interpretaciones estrictas del codigo" que es lo mismisimo que decir que se la cojen con papel de fumar para que otros jueces que se la cogen con lo mismo no les tumben las sentencias en un posible recurso.

A veces uno hecha de menos la puñetera Sharia esa.

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20. Biswox22/07/2008, 18:50 h.

Elementos como este justifican la existencia de la pena de muerte en algunos paises como los Estados Unidos.

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19. usuario registrado joanfg22/07/2008, 18:39 h.

CONTINUA... La agresión sexual implica violencia e intimidación. El abuso sexual consiste en la imposición de una actividad sexual en ausencia de violencia e intimidación y en la formación viciada del sujeto pasivo.
Esta claro la desprotección de los menores, el sujeto activo (el agresor) se valdrá del engaño, no le hace falta utilizar la violencia, ni la intimidación. Sujetar la cabeza de un niño, obligándole a hacerle felaciones es para mí un acto de violencia, sin cuya presencia no se habría podido consumar el tipo penal (por lo tanto sería una agresión y no un abuso sexual). La violencia equivale a fuerza física y existe desde que se impida la libertad de movimientos, como es el caso. Entre la violencia y la acción sexual debe mediar una relación de causalidad (la agresión, no se hubiera producido sino es por el empleo de la fuerza)
En España cumplidos los 13 años un adulto puede tener relaciones sexuales con niños de esa edad, sin que se cometa delito alguno (siempre que no medie violencia, intimidación, o una relación de superioridad con respecto a la víctima).

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18. usuario registrado jimmy22/07/2008, 18:14 h.

Se pierde el tiempo en el recurso.
Lo que hay que hacer es cambiar la ley cuanto antes para que esto no vuelva a suceder. Joder con lo que nos cuestan las Cortes Generales y que encima no hagan las cosas bien. Ya no digo sólo los políticos, sino también los letrados, asesores, etc.
¡¡Esto es inconcebible!!

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17. usuario registrado hormiga22/07/2008, 18:06 h.

Esto es lo que hay, no habrá otra cosa hasta que los políticos se decidan y cambien las leyes ¿Por qué no han modificada la constitución y han cambiado las penas máximas y sin embargo para el tema de la sucesión y otros si están deseando meterle mano? Sólo se ha modificado el artículo 13.2 para introducir la palabra pasivo al término sufragio activo, eso sí se toca para el tema del voto del extranjero sí, claro eso es para obtener el poder aunque sea en las elecciones municipales. y si nos violan, nos matan o yo que se que cuantas aberraciones más hacen a nuestros hijos, pues nada con unos cuantos añitos les basta, ¡que verguenza de justicia!me parece una tomadura de pelo.

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