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SOCIEDAD

Europa investiga si España vulnera la ley al exigir a los extranjeros que obtengan el NIF

E.P. Bruselas (Bélgica).-30/06/2008 20:50h

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La Comisión Europea investiga si la obligación que impone España a los extranjeros comunitarios de obtener un número de identificación fiscal si quieren realizar transacciones de relevancia fiscal vulnera la legislación de la UE, según explicó el vicepresidente del Ejecutivo comunitario y responsable de Justicia, Libertad y Seguridad, Jacques Barrot, en respuesta a una interpelación escrita presentada por el eurodiputado de Convergència i Unió, Ignasi Guardans.

Guardans denunciaba que la legislación española vulnera los principios de libre circulación y de no discriminación al no reconocer los números fiscales expedidos en otros países y "al impedir que los ciudadanos y sociedades extranjeras, aunque sean nacionales de otros Estados miembros, puedan actuar en España mientras no dispongan de números de identificación fiscales expedidos exclusivamente por las autoridades españolas". En su respuesta, Barrot señala que ha recibido "varias denuncias" sobre la obligación impuesta a las personas físicas y jurídicas de obtener un 'número de identificación fiscal' (NIF) o un 'número de identificación de extranjero' (NIE) al realizar transacciones o mantener relaciones de relevancia fiscal en España, y anuncia que pedirá más información a las autoridades españolas para averiguar si estas exigencias son compatibles con la legislación comunitaria.

En diciembre de 2007, la Comisión ya envió una carta a las autoridades españolas solicitando información sobre las disposiciones legales y la práctica aplicables a la emisión del NIF para personas físicas y jurídicas extranjeras. Asimismo, preguntó sobre el alcance de la obligación de obtener el NIE que se aplica a los ciudadanos de la UE de nacionalidad no española, según explica Barrot en su respuesta a Guardans. En febrero de 2008, las autoridades españolas aclararon al Ejecutivo comunitario la normativa que se aplica en lo referente al procedimiento para la emisión de los números de identificación fiscal. "La Comisión está aún examinando dichas disposiciones, que entraron en vigor el 1 de enero de 2008", señala el vicepresidente del Ejecutivo comunitario.

Por lo que se refiere a la obtención del NIE, Barrot anuncia que solicitará a las autoridades españolas aclaraciones sobre si esta obligación es aplicable a los ciudadanos de la UE que residan en España durante un periodo inferior a tres meses. En este sentido, el vicepresidente recordó que "durante los tres primeros meses de su estancia en el Estado miembro de acogida, los ciudadanos de la UE están exentos de todo trámite relacionado con la residencia".

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