El TSJM declara ilegal la cantera del presidente de la Cámara de Comercio de Murcia
Pedro García Balibrea, Cámara de Comercio, TSJM
@Vidal Coy.- 27/06/2008 06:00h

Al cabo de 34 años, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM) ha declarado ilegal una cantera propiedad del presidente de la Cámara de Comercio de Murcia, Pedro García Balibrea, que obtuvo licencia municipal en los estertores del franquismo, en 1974, siendo alcalde de Murcia el actual secretario general y ex presidente de los empresarios regionales, Clemente García García.
La sentencia de la sala de lo Contencioso del TSJM, cuyo ponente ha sido el magistrado Enrique Quiñonero Cervantes, establece que “la licencia es para lo que es; es decir, la instalación de trituración y clasificación de áridos”, y no está incluida en ella la explotación de la cantera, denominada ‘El Zacacho’, como reclamaba el propietario de la misma, director gerente y propietario de la sociedad Áridos del Mediterráneo S.A. (ARIMESA), Pedro García Balibrea.
Desde que en 1974 comenzó la explotación de la cantera declarada ahora ilegal, ARIMESA ha destruido hectáreas de monte para extraer la piedra que no estaba autorizada a sacar. En su momento, la licencia fue otorgada por el Ayuntamiento de Murcia pues el lugar pertenecía a ese término municipal.
Al producirse la segregación de Santomera, en 1978, y la constitución de su municipio, los sucesivos consistorios ya democráticos en manos tanto del PSOE como del PP han hecho la vista gorda sobre lo que se hacía en 'El Zacacho', a pesar de las reiteradas denuncias de vecinos afectados por la actividad ilegal y de grupos ecologistas.
Esa extracción ahora declarada ilegal definitivamente ha sido objeto, además, del inicio de procedimientos penales en curso por delito ecológico.
La sociedad propietaria de ‘El Zacacho’, ARIMESA, cuyo accionista principal es el presidente de la Cámara de Comercio de Murcia, Pedro García Balibrea, ha argumentado en todos los procedimientos que la extracción de piedra estaba incluida en la licencia municipal de 1974, cosa que queda ahora desmentida por la sentencia firme y que no admite recurso del TSJM, que tiene fecha del 30 de abril de 2008.
Arrastra un expediente desde 1994
Además, la sentencia establece que la planta de producción de hormigón incluida en ‘El Zacacho’ carece igualmente de cualquier tipo de licencia: ni municipal, ni de las Consejerías de Industria o de Medio Ambiente. De hecho, la Comunidad Autónoma abrió expediente al respecto en 1994.
Item más, a ‘El Zacacho’ la Consejería de Ordenación del Territorio le abrió otro expediente urbanístico por carecer de licencia de obras para instalar oficinas y otros edificios en suelo no urbanizable, en marzo de 1996.
Sorprendentemente, ‘El Zacacho’ no ha cesado su actividad extractiva e incluso ha ampliado instalaciones, a fecha de la sentencia del TSJM, el 30 de abril pasado. Las consejerías de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente quedaron subsumidas en la de Desarrollo Sostenible en la última remodelación del gobierno regional murciano del PP, sin que haya tomado cartas en el asunto a fecha de hoy.
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Opiniones de los lectores (6)
6.
gurisla27/06/2008, 18:16 h.
Pues no sé de qué os preocupáis. Estoy seguro de que, indefectiblemente, antes de 30 años, la sentencia será ejecutada, como las que hay dictadas en Cantabria para el derribo de casas ilegales; aunque no me extrañaría las declararan monumento nacional, intocables. Agur Jaunak
5. 12monos27/06/2008, 16:20 h.
Pues al final el tiempo pone a cada uno en su sitio. 34 años después ya no hay cantera, sino un montón de piedra... así que ahora se puede desempeñar sin problemas la actividad autorizada... "instalación de trituración y clasificación de áridos".
4.
25Aries27/06/2008, 14:29 h.
habrán obervado que la cantera, al cabo de 34 años, pues ... pues ... ha desaparecido !!!
Ahora en su lugar ¿qué hay?
Pues ... pues ... ¡la sentencia!
Han acertado.
Decía que no es lo mismo. Pero bien bien pensado, de verdad bien pensado, al cabo de 34 años, es lo mismo. Sí es lo mismo.
3. ley27/06/2008, 14:07 h.
Pues yo creo que con 34 años no han tenido tiempo para estudiar este asunto con suficiente profundidad ,le deberian dar otra vuelta.
2.
25Aries27/06/2008, 13:35 h.
No es lo mismo:
“El TSJM declara ilegal la cantera del presidente de la Cámara de Comercio de Murcia al cabo de 34 años”.
que,
“El presidente de la Cámara de Comercio de Murcia, cabo de 34 años, declara ilegal al TSJM”.
ni que,
“El cabo de 34 años declara ilegal al TSJM y al Presidente de la Cámara de Comercio de Murcia”,
ni que,
“Al cabo de 34 años, el Presidente de la Cámara de Comercio de Murcia declara ilegal al TSJM”,
ni que ,
“Al cabo de 34 años, el presidente de la Cámara de Comercio y el TSJM, declaran ilegal a Murcia”.
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