La Audiencia archiva la causa por la demanda de acoso sexual contra Manuel Soriano
Efe. Madrid.- 25/01/2008 17:24h

La Audiencia Provincial de Madrid ha archivado la causa abierta por la demanda por acoso sexual presentada contra el ex director general de Telemadrid Manuel Soriano, al considerar que no se ha llegado a justificar debidamente que cometiera el delito del que fue acusado. En un auto, la Sección 27 de la Audiencia Provincial de Madrid estima que las declaraciones de la querellante, Noelia del Val, que fue secretaria de Soriano, no cumplen los criterios de veracidad exigibles.
La Audiencia admite así el recurso presentado por Soriano contra el auto del Juzgado de Instrucción número 1 de Pozuelo que transformó la causa en procedimiento abreviado, lo que suponía la apreciación de indicios racionales de criminalidad en la investigación de los hechos.
Para la Audiencia Provincial, las declaraciones de Noelia del Val, que demandó a Soriano en junio de 2005, "no cumplen en ninguna medida" los criterios de veracidad requeridos "que permitan garantizar, o al menos conferirles el grado de probabilidad y certeza necesarios" para justificar la continuación del procedimiento "y dar paso a la imputación formal" del ex responsable de Telemadrid.
El auto recalca que ninguno de los testigos que han declarado a lo largo de la instrucción, "no sólo los distintos responsables o directivos del ente público sino sus propios compañeros de trabajo", han refrendado o corroborado ninguna de sus imputaciones". Además, la Audiencia se refiere al "cúmulo de discrepancias, contradicciones e incongruencias" que, junto a las manifestadas "disconformidades" de del Val con sus condiciones de trabajo, categoría profesional, horario y nivel de retribuciones, impiden, en su opinión, que puedan estimarse en su testimonio los requisitos que debería reunir la declaración de una víctima.
El auto recalca también que la juez de instrucción de Pozuelo no ha explicado las razones en las que ha basado la valoración que hace de la declaración de la secretaria ni ha efectuado "el mínimo análisis de su contenido y su correlación con el resto de las diligencias de investigación".
En lo que se refiere a las valoraciones periciales psicológicas y psiquiátricas, aunque la Audiencia reconoce que el relato de la secretaria es compatible con una experiencia de acoso sexual en el ámbito laboral, considera que no "pueden descartarse otros factores ambientales o externos que dan lugar a estos cuadros".
En este sentido, dice el auto, "no pueden desdeñarse ni los antecedentes de padecimientos psíquicos" ni puede obviarse el hecho "de la ruptura sentimental con la pareja con la que se encontraba en el momento de la denuncia". "Ninguna de las pruebas periciales practicadas permite determinar per sé el grado de credibilidad de su testimonio", considera la Sala, que concluye que dado que no existe ninguna otra posible vía de investigación "que permita ir más allá en el esclarecimiento y fijación de los hechos realmente establecido", debe decretarse el sobreseimiento de la causa con carácter provisional.
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Opiniones de los lectores (1)
1.
observador25/01/2008, 20:33 h.
Vaya por delante que creo en la independencia de la Justicia como valedora de nuestras libertades y en los fundamentos bien elaborados y corroborados por Ley y peritos para determinar sentencias justas.
No obstante, el artículo creo que debería ser más detallado e informar que quien ha redactado el fallo de esta sentencia es María Tardón, exconcejal del PP de Madrid; que entonces formaban parte del mismo grupo político, él como técnico designado por este partido dirigiendo Telemadrid. Sin duda, nada a considerar por responsabilidades diferentes, pero con fines ideológicos bastante coincidentes...
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